Los reglamentos estatales, conocidos como el Código Administrativo de Nueva Jersey, son normas adoptadas por las agencias estatales del poder ejecutivo. Los reglamentos son las normas que explican cómo se ejecutan y se aplican las leyes.
Las regulaciones que rigen las políticas y la prestación de servicios para el autismo y la discapacidad son complejas e involucran a múltiples agencias estatales. Una actividad clave de nuestro equipo de Políticas Públicas es presentar razones convincentes por las cuales las agencias estatales deberían adoptar regulaciones que beneficien a la comunidad autista. Además, revisamos periódicamente los estatutos y reglamentos que rigen los servicios para el autismo para facilitar el entendimiento entre el Estado y la comunidad autista, a la vez que contribuimos a garantizar que se alcance el máximo potencial de las políticas estatales.
Avisos públicos
Departamento de Servicios Humanos
NJAC 10:77 | Servicios de Rehabilitación para Niños (Servicios EPSDT de TEA)
El período de comentarios públicos cerró el 16 de diciembre de 2024 y actualmente está siendo revisado por el Departamento. Las enmiendas propuestas añadirán un nuevo subcapítulo que contendrá normas sobre la prestación de servicios relacionados con el Trastorno del Espectro Autista (TEA), incluyendo el análisis conductual aplicado, para personas elegibles para EPSDT (Detección, Diagnóstico y Tratamiento Temprano y Periódico). Lea los comentarios de Autismo Nueva Jersey aquí.
Reglas propuestas
Ninguno en este momento.
Reglas adoptadas recientemente
Departamento de Educación
NJAC 6A:7 | Gestión para la equidad en la educación
Este capítulo del código administrativo especifica estándares para las juntas de educación de los distritos locales al establecer políticas y procedimientos para garantizar que todos los estudiantes, incluidos aquellos en una clase protegida, tengan acceso equitativo a las actividades y programas educativos en el distrito escolar. Estas reglas expiran el 7 de agosto de 2030.
NJAC 6A:9B | Junta Estatal de Examinadores y Certificación
Estas regulaciones rigen la licencia de educadores o candidatos que deben estar certificados en un entorno educativo, incluidas las Escuelas Privadas Aprobadas para Estudiantes con Discapacidades (APSSD) y la educación especial en los distritos escolares locales. También contiene las reglas que describen la organización, poderes, deberes y procedimientos ante la Junta Estatal de Examinadores. Estas reglas expiran el 6 de abril de 2030.
NJAC 6A:14-3.9 y 5.1 | Educación Especial
Este reglamento codifica una modificación temporal de la normativa relacionada con la COVID-19 para permitir la prestación de servicios relacionados, en circunstancias limitadas, a estudiantes con discapacidades mediante telemedicina, telesalud o comunicaciones electrónicas, de acuerdo con su Plan de Educación Individualizado (PEI). Las enmiendas también aclaran los requisitos para la prestación de servicios de fisioterapia. Estas normas vencen el 10 de septiembre de 2027.
NJAC 6A:16 | Programas de apoyo al desarrollo estudiantil
Estas regulaciones establecen los estándares mínimos para que el distrito escolar establezca políticas y procedimientos y opere programas para apoyar el desarrollo social, emocional y físico de los estudiantes. Los programas para apoyar el desarrollo estudiantil incluyen servicios de salud escolar; exámenes físicos; servicios de intervención y derivación; programas de prevención, intervención y derivación de tratamiento del consumo de sustancias; seguridad escolar y protección; disciplina estudiantil; denunciar situaciones de niños potencialmente desaparecidos, abusados o abandonados; e instrucción en el hogar y programas de educación alternativa aprobados. En las reglas se incluyen estándares para la prestación de instrucción en el hogar y servicios de salud escolar en escuelas privadas. Estas reglas expiran el 17 de junio de 2028.
NJAC 6A:23A-16 a 22 | Responsabilidad fiscal, eficiencia y procedimientos presupuestarios
Este código fiscal dicta el funcionamiento de ciertas escuelas, incluidas las Escuelas Privadas Aprobadas para Estudiantes con Discapacidades, en el estado. Algunos de los factores que incluye este código incluyen las tasas de matrícula, los límites administrativos y la supervisión financiera del departamento. El código fiscal actual se readoptó directamente. Estas normas expiran el 3 de octubre de 2031.
Departamento de Servicios Humanos
NJAC 10:44A | Residencias Comunitarias para Personas con Discapacidades del Desarrollo (OPIA)
En vigor hasta el 29 de marzo de 2026. Este capítulo rige los requisitos mínimos para la prestación de servicios residenciales a personas con discapacidades del desarrollo y se aplica a una variedad de modelos de programas, incluidos hogares grupales, apartamentos supervisados y viviendas con apoyo.
NJAC 10:46D | Contribución a los requisitos de cuidado y mantenimiento
Este capítulo regulatorio regula la capacidad financiera de las personas atendidas por la DDD y de sus familiares legalmente responsables para contribuir al costo de la atención y manutención cuando reciben servicios residenciales de la División. Las enmiendas son principalmente técnicas y buscan actualizar la terminología, corregir errores tipográficos y brindar claridad. El Departamento realizó una enmienda sustancial en NJAC 10:46D-5.1 para aumentar de 60 a 90 días el plazo para que una persona cumpla con las contribuciones de atención y manutención antes de que la DDD dé por terminados sus servicios. Este cambio armoniza la disposición del código con la ley de Nueva Jersey. Estas normas vencen el 27 de febrero de 2031.
NJAC 10:67 | Servicios Psicológicos
Este reglamento rige las políticas y los procedimientos del programa Medicaid/NJ FamilyCare de Nueva Jersey en relación con la prestación de servicios psicológicos a los beneficiarios de Medicaid/NJ FamilyCare por parte de psicólogos de práctica privada, con reembolso por servicio. Las enmiendas, vigentes a partir del 2 de enero de 2024, se limitan a las secciones 1.2, 1.3 y 3. La sección 2.3 queda derogada con la adopción de esta norma. Estas normas vencen el 15 de noviembre de 2028.
NJAC 10:75 | Centros de tratamiento psiquiátrico residencial para menores de 21 años
Readoptado sin cambios, vence el 14 de agosto de 2030.
NJAC 10:77 | Servicios de rehabilitación para niños (verificación de antecedentes)
Estos cambios regulatorios incluyen enmiendas y nuevas normas relacionadas con la verificación de antecedentes penales basada en huellas dactilares para proveedores específicos. Las enmiendas explican los requisitos y detallan el proceso para completar la verificación. Estas normas vencen el 23 de mayo de 2030.
NJAC 10:77 | Servicios de Rehabilitación Infantil (DMAHS)
En vigor hasta el 23 de mayo de 2030. Este capítulo rige la prestación y el reembolso de los servicios de rehabilitación cubiertos por pago por servicio de Medicaid/NJ FamilyCare médicamente necesarios, específicamente, servicios de inspección de plomo ambiental y evaluación de peligros y servicios de rehabilitación de salud mental para niños, jóvenes. y adultos jóvenes, de acuerdo con las reglas del programa de pago por servicio Medicaid/NJ FamilyCare de Nueva Jersey, incluidos los servicios de rehabilitación de salud mental brindados bajo los auspicios del Sistema de atención infantil (CSOC) del Departamento de Niños y Familias (DCF). ).
- Esta adopción de regla no incluye la Beneficio ABA de Medicaid para niños con autismo, de 0 a 21 años, que fue anunciado por el DHS en Abril 2020. Autism New Jersey anticipa una próxima actualización de NJAC 10:77 para incluir regulaciones relacionadas con el beneficio ABA de Medicaid para niños.
Demostración integral de NJ FamilyCare (Demostración integral 1115)
El 30 de marzo de 2023, CMS aprobó una renovación de la demostración integral FamilyCare 1115 de Nueva Jersey, que rige las operaciones de componentes importantes del programa Medicaid y el Programa de seguro médico para niños (CHIP) de Nueva Jersey. Esta es la tercera renovación de cinco años de la Demostración Integral 1115 de Nueva Jersey aprobada por CMS, que expirará el 30 de junio de 2028.
División de Asuntos del Consumidor
NJAC 13:42B | Junta Examinadora de Analistas de Conducta Aplicada
El presente reglamento regula la aplicación de PL 2019, c.337, que creó la Junta de Examinadores de Analistas de Comportamiento Aplicados y establece los requisitos de licencia para practicar el análisis de comportamiento en Nueva Jersey.
Históricamente significativo
Plan de transición estatal (DHS) de DMAHS
El Plan de Transición Estatal proporciona un marco para alinear los servicios domiciliarios y comunitarios (HCBS) de Medicaid de Nueva Jersey con la regla federal de 2014 de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) de que los programas estatales deben brindar acceso total a los beneficios de la vida comunitaria. y ofrecer servicios en los entornos integrados.
- Anexo n.° 3 del plan de transición estatal, 4 de octubre de 2022
- Plan de transición estatal DHS/DDD presentado a CMS
DOE anuncia código de trabajo para analistas de comportamiento certificados por la junta
Acceso a páginas web regulatorias de agencias estatales
- Acceso público de la OAL al código administrativo y al registro de Nueva Jersey
- Reglamentos del DHS
- Cumplimiento legal y normativo del DOH
- Leyes y regulaciones del DCF
- Código administrativo y estatuto del DOE
- Asuntos Legislativos y Regulatorios del DOBI
- Propuestas de reglamentación y adopción de la División de Asuntos del Consumidor de la OAG