
El 14 de noviembre de 2024, el Departamento de Servicios Humanos de Nueva Jersey (DHS) envió un aviso en el que indicaba que tenía la intención de proponer una enmienda al contenido de la NJAC 10:77, que son regulaciones tituladas “Servicios de rehabilitación para niños”. Las enmiendas propuestas agregarán un nuevo subcapítulo que contendrá reglas relacionadas con la prestación de servicios relacionados con el trastorno del espectro autista (TEA) para personas elegibles para EPSDT (examen, diagnóstico y tratamiento tempranos y periódicos). EPSDT es un beneficio de Medicaid que brinda servicios de salud integrales de alta calidad a jóvenes menores de 21 años.
Las áreas cubiertas por la norma incluirán:
- Elegibilidad del beneficiario
- Requisitos del proveedor
- Reembolso
- Requisitos de mantenimiento de registros
- Servicios para TEA disponibles, que pueden incluir, entre otros:
- Servicios de Análisis de Conducta Aplicada (ABA)
- Comunicación Aumentativa y Alternativa
- Modelo de desarrollo basado en diferencias individuales y relaciones (DIR)® servicios)
- Terapia de Integración Sensorial
- Terapia física
- Terapia ocupacional
- Terapia del habla y el lenguaje
- Adquisición de habilidades y desarrollo de capacidades
Autismo Nueva Jersey proporcionó comentarios al DHS que incluyen documentos de práctica y recomendaciones para maximizar la eficiencia y eficacia de la administración y entrega de los beneficios de EPSDT a niños con autismo. El DHS está comenzando este proceso desde cero, ya que no hay propuestas de redacción en este momento. Si bien las regulaciones para estos servicios para el TEA se encuentran en las primeras etapas de desarrollo, el beneficio ha estado disponible en todo el estado desde entonces. Abril 1, 2020.
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